viernes, 1 de abril de 2011

10. ESCRITO DE QUEJA AL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA POR NO CONCEDER ENTREVISTAS, EN UN PLAZO RAZONABLE, CON LOS PROFESIONALES DEL EQUIPO TECNICO

10. ESCRITO DE QUEJA AL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA POR NO CONCEDER ENTREVISTAS, EN UN PLAZO RAZONABLE, CON LOS PROFESIONALES DEL EQUIPO TECNICO

Al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm.

 

AL JUZGADO


D/Dña.........., interno/a en el Centro Penitenciario de ..... y cuyas demás circunstancias personales ya constan en el expediente penitenciario, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda

DIGO

Que por medio del presente escrito vengo a interponer escrito de Queja por no haberse concedido la posibilidad de entrevistarme con los profesionales del Equipo técnico (educador, psicólogo, trabajador social, jurista) del Centro Penitenciario de..., entendiendo que se trata de una situación absolutamente injusta no debiendo estar permitida por la administración penitenciaria. Todo ello con base en las siguientes

ALEGACIONES


PRIMERA. Que llevo desde (fecha) en el Centro Penitenciario de....  y desde que estoy aquí, y tras haberlo solicitado insistentemente en varias ocasiones, no he podido entrevistarme con ninguno de los profesionales que componen el Equipo Técnico de esta cárcel. Entiendo que tales solicitudes se realizaron hace ya más de .....dias/semanas/meses y ni el trabajador social, ni el psicólogo, jurista, educador... han hablado conmigo en todo este tiempo (relatar las circunstancias de cada situación).

SEGUNDA. Que la fundamentación legal de este recurso se encuentra en el art.274 RP que establece, entre otras de las funciones del Equipo Técnico: “b) el conocimiento directo de los problemas y demandas que formulen los internos, d) Atender a peticiones y quejas que le formulen los internos respecto a su clasificación, tratamiento o programa de intervención g)... realizar las tareas de orientación y selección profesional, el asesoramiento pedagógico o psicológico de la formación profesional, así como procurar, mediante las técnicas adecuadas la integración personal y colectiva de los internos en le trabajo y en la orientación laboral”. Igualmente el Equipo de Tratamiento también tiene sus funciones recogidas en el art. 273 del RP y el Auto del JVP de Málaga de 04.11.93 hace alusión al funcionamiento del Equipo de Tratamiento que “debe ser efectivo, debiendo visitar todos los miembros a los internos, no sólo el educador, para facilitar la progresión penitenciaria y lograr la reinserción social”.

Fines reinserción... necesaria La individualización del tratamiento, es imposible individualización si hay desconocimiento de la personalidad, carácter, necesidades, carencias, inquietudes... de la persona presa. La única forma con la que se consigue ese conocimiento por parte del Equipo Técnico y del de Tratamiento es mediante las entrevistas personales con la persona. Estas entrevistas, además de aparecer como obligaciones legales son fundamentales para conseguir los fines recogidos en la LOGP.

En su virtud,
SUPLICO al Juzgado, tenga por presentado este escrito, lo admita y se sirva practicar las diligencias que considere convenientes a fin de acreditar los hechos que se exponen, ordenando a los miembros del Equipo Técnico del Centro Penitenciario de..... que de forma inmediata mantengan las entrevistas necesarias con D/Dña...... a fin de que sean atendidas sus quejas y peticiones.


En .......... a...... de ..... de .....



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